Universidad de Zaragoza

Pregunta más frecuente

Cómo utilizar un móvil en el extranjero
Últimas actualizaciones hace 2 años

Información general

  • La utilización de un móvil en el extranjero se denomina “en itinerancia” o “roaming”. Siempre que vea cualquiera de esos apelativos se referirá a la utilización de una línea móvil en el extranjero.
  • Hasta el 15 de junio de 2017 las tarifas de utilización de una línea móvil diferenciaban claramente su utilización en España o en itinerancia (desde cualquier otro país)
  • Desde el 15 de junio de 2017 en aplicación del Reglamento de Roaming de la Unión Europea (UE) el tráfico generado en la UE y EEE (1) se tarificará según las condiciones de la tarifa nacional desapareciendo el recargo de las tarifas de roaming por utilizar un móvil en cualquier otro país de la UE y EEE (1).

Aunque esta nueva regulación se aplica a partir del 15 de junio el modo en que se configuran las líneas no cambia (por ahora). Es decir que, aunque las llamadas telefónicas realizadas por un móvil desde un país de la UE se facturarán al mismo precio que si se hiciesen desde España, dicho móvil debe tener permitido el roaming de voz para realizar llamadas de voz o el roaming de datos, para realizar transferencias de datos (acceso a internet por la línea telefónica móvil) en el extranjero.

Parámetros de un móvil que afectan a su utilización en el extranjero
Los parámetros de configuración de una línea móvil que afectan a su utilización en el extranjero son los siguientes:

  • Nivel de acceso internacional. Cada línea se puede configurar para que sólo pueda realizar llamadas hasta un determinado nivel: sólo llamadas internas, llamadas nacionales o llamadas internacionales.

Cada móvil de la UZ tiene puesto el nivel de acceso que se pidió con la solicitud de la línea o el que se solicitó en posteriores modificaciones. Si no conoce el nivel de acceso de su línea puede solicitar dicha información a través de un ticket.
Para que un móvil pueda ser utilizado en el extranjero es necesario que tenga un nivel de acceso internacional.

  • Roaming de voz permitido. Este parámetro habilita, o no, que una determinada línea pueda realizar llamadas de voz en roaming.

Por defecto, y salvo que se haya solicitado expresamente lo contrario, todos los móviles de la UZ con nivel de acceso internacional tienen el roaming de voz permitido.
Obsérvese que al definir en una línea móvil el Roaming de voz permitido se habilita a dicha línea a realizar llamadas en cualquier país. Por ahora no se puede distinguir entre los países de la UE y EEE y el resto de países del mundo.

  • Roaming de datos permitido. Este parámetro habilita, o no, que una determinada línea pueda realizar transferencias de datos (acceso a internet) en roaming. Éste parámetro se refiere exclusivamente a la transferencia de datos a través de la línea móvil. Un teléfono puede tener inhabilitado el roaming de datos y acceder a internet, por ejemplo, a través de la wifi de un hotel.

Por defecto, y salvo que se haya solicitado expresamente lo contrario, todos los móviles de la UZ tienen inhabilitado el roaming de datos.


Precauciones
Obsérvese que, aunque la utilización del móvil en los países de la UE y EEE (1) se tarificará (a partir del 15/6/2017) con los precios de España para poder utilizar el móvil en esos países hay que habilitar el roaming. Pero, por ahora, cuando se permite el roaming se habilita para todo el mundo (no es posible habilitar el roaming sólo para los países de la UE y EEE (1).
Esta situación es especialmente relevante para el roaming de datos puesto que si por error se utiliza el roaming de datos en un país no perteneciente a la UE y EEE (1) el coste que ello puede suponer es muy alto.

Procedimiento para solicitar un cambio en la utilización del móvil en el extranjero
Para solicitar la utilización de un móvil en el extranjero debe crear un ticket indicando:

  • Número de la línea,
  • Qué tráfico

La actualización de un teléfono puede solicitarla el Director / Responsable de la unidad a la que esté inscrita la línea o directamente el usuario final del teléfono siempre que esté inscrito como tal en la ficha de dicha línea en Phonecoin.


NOTAS
UNION EUROPEA y EEE:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre (a través de operadores chipriotas), Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Gibraltar, Grecia, Guadalupe, Guayana Francesa, Hungría, Irlanda, Islandia, Isla Reunión, Isla San Bartolomé, Italia, Letonia, Las Azores, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Madeira, Malta, Martinica, Mayotte, Mónaco (a través de operadores franceses), Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, San Marino y Vaticano (a través de operadores italianos), San Martin y Suecia.
EEE
Noruega, Liechtenstein e Islandia
PAISES EN LOS QUE NO SE APLICA:
Suiza, Andorra, Mónaco (a través de operador monegasco)

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